ALIMENTOS

Los alimentos son una obligación que tienen los progenitores con sus hijos y que debe alcanzar para cubrir las necesidades de subsistencia, habitación, vestuario, asistencia medica, educación, esparcimiento, gastos por enfermedad. 

Los alimentos derivan de las relaciones de familia por lo que pueden reclamar cuota alimentaria los hijos respecto de sus padres y de sus abuelos en caso de que los primeros no cumplan.  

La prestación alimentaria que surge del matrimonio, permite en ciertos casos el reclamo de alimentos entre cónyuges y durante la convivencia, separados de hecho o posteriormente al divorcio. 

Por el principio de solidaridad familiar existe entre parientes obligación alimentaria que es una prestación mutua asistencial que se establece entre ascendientes y descendientes (abuelos, padres e hijos)  y hermanos.